Indecopi inicia proceso sancionador contra Clorox

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Ente regulador considera que canales de atención de Clorox no brindarían una comunicación oportuna a consumidores afectados

Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Clorox por la presunta infracción al deber de idoneidad al considerar que sus canales de atención no brindarían una comunicación oportuna a los consumidores afectados, luego de que se emitiera la alerta sanitaria de que los productos ‘Poett’ estarían contaminados con la bacteria Pseudomona.

El ente regulador indicó que los canales de atención que el proveedor implementó (número telefónico 0800-53988 y el WhatsApp 955103103), “no permitirían atender a la gran cantidad de consumidores que se habrían visto afectados por la adquisición del producto objeto de la alerta, el cual genera un riesgo para su salud”.

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“Por tanto, se infringía el deber de idoneidad, establecido en el artículo 19, del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que dice: ‘Los proveedores responden por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos; por la autenticidad de las marcas y leyendas que exhiben sus productos o del signo que respalda al prestador del servicio, por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y estos, así como por el contenido y la vida útil del producto indicado en el envase, en lo que corresponda’”, dijo la entidad.

Indecopi dispuso un plazo máximo de dos días para que la empresa optimice o incremente los canales de atención, y remitir los medios de prueba que acrediten el cumplimiento de lo ordenado. Ello, bajo apercibimiento de imponerle una multa por su incumplimiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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