TC: De ausentarse el presidente, el jefe de Gabinete lo sustituiría temporalmente. ¿Así es?

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Para la titular del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, -bajo la interpretación de la Carta Magna- sería el primer ministro, Vicente Zeballos, quien se haría cargo del Gobierno en tiempos de una posible ausencia de Vizcarra.

Detalló que si un hipotético caso el mandatario Martín Vizcarra se ausentara del país por un viaje, el jefe de Gabinete, Vicente Zeballos, lo reemplazaría temporalmente, esto interpretado bajo la Constitución al no existir vicepresidentes en el cargo.

“Si bien textualmente en la Constitución no hay una regulación expresa, uno puede hacer una interpretación en una coyuntura como esta de asumir que no hay dos vicepresidentes, y si estamos ante el supuesto de que el presidente tenga que retirarse por breve término, lo que es un viaje o un tema coyuntural, podría asumirse en una interpretación de la Constitución en cuanto a las labores que en ese tema temporal muy breve no va a estar, tendría que hacerlo el primer ministro”, expuso Ledesma en diálogo con Ideele Radio.

La magistrada arguyó que su juicio se basa en una deducción de la Carta Magna, por lo que cuando esta no es explícita, se busca una solución bajo la interpretación. En consecuencia, hizo referencia al primer punto del artículo 123 de la Constitución, en donde explica las facultades del primer ministro.

“Sería el presidente del Consejo de Ministros el que tendría que hacer ese reemplazo, y la base sería la propia Constitución en el artículo 123 donde dice que el presidente del Consejo de Ministros no solo es portavoz del Gobierno, también inclusive tiene la posibilidad de refrendar algunas normas con carácter de ley”, manifestó.

En otro momento, Ledesma Narváez reflexionó sobre la coyuntura penitenciaria en el Perú. Puntualizó que no solo se necesita burócratas con especialidades, sino también es importante que tengan una mirada gerencial del tema. “Lamentablemente eso nos muestra que la administración pública no está lleno de ese tipo de funcionarios”.

(LPA)

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