Defensor del Pueblo lidera coalición en el TC contra extinción de dominio

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SUSTENTÓ DEMANDA de inconstitucionalidad ante el TC porque Decreto Legislativo afecta el derecho de propiedad.

El Tribunal Constitucional (TC) dejó al voto la demanda contra el Decreto Legislativo 1373 -que faculta de autonomía a los procesos judiciales de extinción de dominio- presentada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez.
De otro lado, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez aseguró que desconocía sobre el proceso de extinción de dominio que enfrentaba su hermana cuando presentó la querella.
El TC recibió ayer, en audiencia pública, los alegatos de las partes involucradas en la demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio. Así, la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus facultades, participó en la audiencia convocada por el TC. Elizabeth Zea, abogada de la Defensoría, sustentó los argumentos expuestos en la demanda de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Legislativo 1373.

La Defensoría del Pueblo busca que el TC evalúe  la regulación prevista por dicha norma que, en opinión de dicha institución, contraviene diversos principios constitucionales (seguridad jurídica, buena fe registral del tercero adquirente, presunción de inocencia, no retroactividad de la ley), así como pone en serio riesgo el derecho fundamental a la propiedad.
Según la Defensoría del Pueblo, el Decreto Legislativo 1373 faculta al juez a afectar los bienes y recursos sin que exista una sentencia judicial, de la naturaleza que fuere, que declare el origen ilícito de los mismos, “lo cual vulnera los estándares convencionales y constitucionales de nuestro sistema jurídico, afectando, además, el derecho de propiedad, el principio de buena fe registral y el principio de seguridad jurídica en contra de cualquier ciudadano que se vea inmerso en este singular proceso”. No obstante, el procurador del Estado especializado en materia constitucional, Luis Huerta, presente en la audiencia, rechazó dicha posición, y aseguró que no se infringe el derecho de propiedad. “Lo que está planteando aquí la Defensoría del Pueblo es condicionar nuevamente, como era antes, la aplicación de extinción de dominio, a que exista sentencia penal determinando responsabilidad por un delito. Eso es lo que está detrás de esta demanda, está en su argumentación”, refirió. Zea sostuvo que la norma es inconstitucional y atenta contra el derecho de presunción de inocencia, ya que, en la etapa indagatoria de un proceso, los terceros que resultan afectados no cuentan con suficientes elementos para defenderse, por ser esta reservada.
La representante de la Defensoría, institución que interpone la demanda, indicó también que una norma de este tipo debería ser emitida por el Congreso y no mediante una delegación de facultades, como es el caso del DL 1373, que data del año 2018.

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