Sineace otorga acreditación a seis programas de estudios de universidades públicas

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El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, a través del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, órgano operador del Sineace, otorgó la acreditación a programas de estudios de la Universidad Nacional del Altiplano y la Universidad Nacional de Trujillo.
Mediante las Resoluciones de Presidencia N° 108, N°109, N°110, N°111, N°112 y N°113 se oficializaron los acuerdos de la 21ava. sesión del Directorio del Coneau, en la cual se aprobaron las solicitudes de acreditación de seis programas de estudios: Ciencias Contables, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Ingeniería Económica, e Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Altiplano; y, los programas de Enfermería y Turismo de la Universidad Nacional de Trujillo, por un periodo de dos (2) años.
Según el Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, se definen tres calificativos para los estándares que lo componen: a) No logrado, cuando existen evidencias de que el programa evaluado no logró la totalidad de lo planteado por el estándar; b) Logrado, cuando existen evidencias de logro respecto a lo planteado por el estándar, pero se demuestra que la solución implementada aún no ha evidenciado sostenibilidad en el tiempo, es decir, que aún no es una práctica instalada; y c) Logrado plenamente, cuando existen evidencias de que el logro de lo planteado por el estándar es consistente y se demuestra garantía de que se mantendrá en el tiempo, es decir, que se ha convertido en una práctica instalada.
En ese sentido, los informes técnicos, que forman parte de todas las resoluciones mencionadas, luego de la evaluación integral de los documentos presentados por la universidad, en concordancia con la normativa sobre el Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, concluyen que corresponde otorgar la Acreditación a los referidos programas de estudios, ofrecidos en la modalidad presencial. Asimismo, se dispuso que cada universidad elaborará y ejecutará un Plan de mejora destinado al fortalecimiento de los resultados finales, los cuales formarán parte de la documentación que se presentará en el informe anual de seguimiento sobre su acreditación.

Según el artículo 11 de la Ley del Sineace, “la Acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa. Acredita el órgano operador sin más trámite y como consecuencia del informe de evaluación satisfactorio debidamente verificado, presentado por la entidad acreditadora.

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