Con argumentos sólidos, el Poder Judicial ordena reposición inmediata de Aldo Vásquez e Inés Tello a la Junta Nacional de Justicia

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Frente a la inhabilitación de los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez, el Poder Judicial ordenó que los repongan inmediatamente sacudiendo el avispero congresal y su bochornosa medida contra la Junta Nacional de Justicia.

La Corte Superior de Justicia de Lima, puntualmente la Primera Sala Constitucional, interviniendo como ponente el señor juez superior Ordóñez Alcántara, hizo valer los derechos de los magistrados Aldo Alejandro Vásquez Rios y Luz Inés Tello de Ñecco, en su calidad de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia: solicitan que se les conceda la medida cautelar pedida de ley.
En consecuencia pidió que se suspenda los efectos jurídicos de los Acuerdos adoptados el 7 de marzo de 2024, mediante los cuales el Pleno del Congreso de la República, aprobando la Acusación Constitucional originada en la Denuncia Constitucional 373-2023, dispuso inhabilitarlos de toda función pública por el término de 10 años.
Es así que la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió fundada la solicitud cautelar interpuesta por Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello de Necco, en consecuencia, dispusieron la suspensión provisional de los efectos de la Resoluciones Legislativas del Congreso N° 008- 2023-2024-CR y 009-2023-2024-CR, ambas emitidas el 8 de marzo de 2024, mediante las cuales el Pleno del Parlamento decidió inhabilitar por 10 añosn para ejercicio de la función pública a Luz Inés Tello de Ñecco y Aldo Alejandro Vásquez Ríos, en su condición de miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Además, así refiere acatar los actos posteriores que se expidan para el cumplimiento de dichas resoluciones legislativas: ordenar la reposición inmediata de Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello de Ñecco en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, hasta se emita resolución definitiva en última instancia en el proceso principal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Congreso se resiste
Por su lado, el Congreso de la República rechazó la decisión del Poder Judicial que ordena la suspensión provisional de las resoluciones legislativas de inhabilitación de los señores Aldo Vásquez e Inés Tello, ex miembros de la Junta Nacional de Justicia. Precisó que el Poder Judicial no puede tomar decisiones sobre competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República, en arreglo a lo previamente señalado por el Tribunal Constitucional.
Asimismo, dice el Congreso ser respetuoso de las instituciones del Estado y el equilibrio de poderes y, en consecuencia, es consciente de su deber de hacer respetar el fuero parlamentario y sus decisiones.
Defensa de Tello
El constitucionalista Omar Cairo, abogado defensor de Inés Tello, manifestó que “La apelación del Congreso no paraliza la ejecucion de la medida cautelar.” Además, refirió que el acto de declarar la inhabilitación de los magistrados pierde soporte, y que no hay problema con el señor accesitario porque iba a juramentar el lunes y no lo hizo.
Puntualiza que decisión fue porque no se produjo los votos necesarios (67), solo hubo 65, porque los miembros de la comisión permanente están impedidos de hacerlo, según la resolución judicial.
“Los congresistas José Jerí Oré, y José Luna, son miembros de la Comisión Permanente, y participaron en la votación, eso no lo permite la Constitución”, recalcó. Sobre el motivo del Congreso aseveró que “Las normas constitucionales no pueden ser superadas por un gobierno interno del Congreso, un acuerdo de junta de portavoces no tiene rango de ley, ni es una norma”.
Reacciones
La abogada Beatriz Ramírez Huaroto, resaltó que los motivos del poder judicial son argumentos sólidos, entre ellos la afectación y separación de poderes irregularidades en votos de de Comisión Permanente, argumentados en la resolución del juzgado.
Ernesto Blume, en cambio, exmagistrado del Tribunal Constitucional, defendió al Congreso “demuestra la caviarización del derecho, pero el Congreso debe respetar la orden del poder judicial, así no guste”. La congresista Ruth Luque, subrayó que es “Importante decisión del Poder
Judicial que confirma que la edad no es una infracción constitucional. Ha dispuesto la reposición de Ines Tello y Aldo Vasquez a la Junta Nacional de Justicia. El Poder Judicial emite está decisión en el marco de la autonomía y competencias que tiene, por tanto no existe usurpación. La decisión judicial debe cumplirse.”
Diferente especialistas han determinado que lo que busca el Congreso es copar el sistema de justicia, mediante la toma de la Junta Nacional de Justicia, y así controlar a jueces y fiscales, para después entrar a tallar el control del Jurado Nacional de Elecciones, la Reniec, y la ONPE. Recordemos que antes ya lo hizo con la SUNEDU y la Defensoría del Pueblo.

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