Ejecutivo promulga ley sobre retiro de fondos de AFP

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Ley N° 31068 lleva las firmas de Manuel Merino de Lama y Ántero Flores Aráoz

El diario oficial El Peruano publicó este miércoles la ley N° 31068, que autoriza el retiro de hasta cuatro UIT (S/17 200), de los fondos de la AFP a los afiliados que no hayan aportado desde hace 12 meses.

La norma lleva la firma de Merino de Lama y del renunciante a la presidencia del Consejo de Ministros, Ántero Flores-Aráoz.

La ley dispone que los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los noventa (90) días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

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«Se abonará hasta una (1) UIT cada treinta (30) días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta (30) días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso», especifica la ley.

Asimismo, también autoriza el retiro de hasta 1 UIT (S/4,300) para quienes no registren aportes en el mes de octubre del 2020 y no apliquen al retiro de los S/17,200.

En el caso de los afiliados con enfermedades oncológicas, el desembolso total se realizará a los 30 días de presentada la solicitud. Los fondos que se retirarían no pueden ser descontados, a menos que el afiliado tenga retenciones judiciales por deudas alimentarias. En ese caso se le descontaría un 30% del dinero.

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